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martes, agosto 27, 2024

Lo que se sabe del avión militar chileno que aterrizó en el aeropuerto de Viru Viru

El ministro de Defensa dijo que la aeronave cumplió con todos los protocolos de vuelos militares de carácter internacional. El avión recargó combustible y continuó su rumbo…

  • Circula en redes sociales dos fotografías de un avión de la Fuerza Aérea de Chile en el aeropuerto de Viru Viru en Santa Cruz donde se cuestiona el por qué este tipo de aeronave se encuentra en suelo boliviano “sin autorización”. En este explicador te contamos lo que se conoce de esta situación.

La cuenta noticiasbolivia23 difundió las imágenes desde el 6 de julio en TikTok.

La difusión del mensaje tiene el siguiente texto:

Qué hace un avión militar de Chile en suelo boliviano sin autorización”.

Repercusiones sobre las imágenes

Medios de comunicación y políticos cuestionaron esta situación al compartir las fotografías del avión en el aeropuerto de Viru Viru.

La cuenta del medio DVT publicó el siguiente post el 5 de julio:

¿Qué hace un avión de la Fuerza Aérea de Chile en Viru Viru? Creemos, denuncia presencia de un avión militar de Chile en aeropuerto de Viru Viru, exige explicación al ministro de Defensa”.

La página oficial de la agrupación política Creemos, también cuestionó esta situación:

Ministro de Defensa, ¿qué hace un avión de la Fuerza Aérea de Chile en Viru Viru?

Hoy 5 de julio. ¿Transporta carga o personal? Le recordamos para que personal militar de otros países entre a territorio boliviano se requiere seguir protocolos estrictos. Es su deber informar”.

¿Qué dice el Gobierno sobre el avión chileno?

El ministro de Defensa Edmundo Novillo Aguilar explicó a nuestra redacción que el avión militar chileno aterrizó en suelo boliviano para repostar combustible, y que la aeronave se dirigía a Paraguay.

El avión chileno hizo escala en Santa Cruz por unas horas para cargar combustible. Su destino era Paraguay, llevaba a bordo 6 reos para entregarlos ahí”, aclaró el ministro.

Novillo dijo que la aeronave chilena cumplió con “todos los protocolos” de vuelos internacionales de este tipo.

¿Qué dice la DGAC?

En este marco, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) indicó a nuestro equipo de prensa que los vuelos de aeronaves militares no son competencia ni atribución de esta instancia.

Informe del Gobierno de Chile

El Servicio Nacional de Migraciones de Chile informó que el 05 de julio 42 personas fueron expulsadas de ese país.

Fueron expulsadas el viernes 05 de julio por cometer diversos delitos en nuestro país, como robo con intimidación, robo con violencia y tráfico de drogas, entre otros”, añadió otra publicación en la misma cuenta.

La cuenta oficial del Gobierno de Chile informó que este 2024 han sido expulsadas 619 personas por infracciones y otros delitos.

Al revisar el desglose, 321 de estos retornos fueron administrativos, cifra superior a las de 2018, 2020, 2021 y 2022. No obstante, el director de Migraciones Luis Eduardo Thayer admitió que este año ha habido un descenso significativo en la cantidad de expulsiones judiciales”, informó radio Cooperativa de Chile.

Normativa chilena

El periodista del sitio de noticias Emol Marco Zecchetto realizó un resumen del trabajo que realizan las autoridades chilenas para aplicar, en el marco jurídico de su país, el funcionamiento de la expulsión de ciudadanos extranjeros, entre ellos decenas de bolivianos.

Para ello, toma antecedentes e investigaciones de la Policía chilena para explicar el comportamiento de personas extranjeras que ingresaron a Chile, que son susceptibles a una eventual deportación.

El avión militar chileno en Santiago con los ciudadanos expulsados de ese país. Foto: Gobierno de Chile.

Aquí el documento del trabajo de Emol para comprender a detalle el proceso de expulsión de ciudadanos extranjeros en Chile.

En resumen, el avión militar de Chile llegó el 5 de julio de 2024 al aeropuerto internacional de Viru Viru, donde recargó combustible y continuó su destino. Según el Gobierno de Chile su misión era la deportación de un grupo de ciudadanos extranjeros, entre los que había bolivianos

AQUÍ EL DOCUMENTO DEL TRABAJO DE EMOL

Extranjeros irregulares en Chile: ¿Cómo funciona el procedimiento de expulsión y qué muestran las cifras?

Marco Zecchetto Rocco/ Emol Social Facts

Autoridades migratorias y parlamentarios abordan los datos actuales, explicando cómo se ejecutan las expulsiones y cómo se compara la gestión del Gobierno actual con la anterior.

  • El año 2021, la Policía de Investigaciones registró 56.586 denuncias asociadas a ingresos al país a través de pasos no habilitados. En lo que va de este año, se han registrado más de 40 mil. Debido a que los inmigrantes irregulares se contabilizan a través de denuncias (por la falta de registros y datos personales), resulta casi imposible determinar una cifra exacta de su presencia en el territorio nacional.

El actual Gobierno ha ejecutado un número muy bajo de expulsiones administrativas, menos de 10, habida consideración que el procedimiento de expulsiones vigente es muy engorroso y de difícil ejecución práctica, pues se trata de un procedimiento administrativo, donde además aplican las normas de la Ley 19.880 sobre bases de procedimientos administrativos. Se suma a lo anterior, que por expresa disposición legal, hay extranjeros condenados que deben cumplir la totalidad de su pena en cárceles chilenas”, expresa el diputado independiente con cupo PPD, Jaime Araya.

¿Cómo funciona el procedimiento de expulsión a inmigrantes ilegales?

Nicolás Torrealba Ibáñez, Jefe de Gabinete del Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), explica que el procedimiento sancionatorio se inicia mediante la notificación personal del acto administrativo que le informa al extranjero la causal de expulsión en que se encuentra, para una eventual aplicación de la medida de expulsión.

Ante esto, Torrealba precisa que:

El acto debe ser notificado personalmente al extranjero por la Policía de Investigaciones de Chile, al domicilio informado por el extranjero o registrado ante el SERMIG. Esto obliga a la autoridad policial a ubicar al extranjero para notificarlo.

Luego la autoridad migratoria debe esperar el plazo de 10 días para que el extranjero efectúe sus descargos y finalmente ponderar las consideraciones del artículo 129 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, y determinar si se aplicará la medida de expulsión.

El Jefe de Gabinete de la dirección del SERMIG aclara que estas consideraciones de la Ley contemplan: la gravedad de los hechos en que se sustenta la causal de expulsión; los antecedentes delictuales que pudiera tener el extranjero; la reiteración de infracciones migratorias; el periodo de residencia regular en Chile; vínculos familiares con chilenos o extranjeros con residencia definitiva; entre otras consideraciones que establece esta norma.

Una vez dictada la resolución de expulsión se debe notificar nuevamente en forma personal al afectado, quien dispone de un plazo de 10 días para reclamar judicialmente ante la Corte de Apelaciones”, manifiesta Torrealba.

Una vez firme la resolución, la autoridad migratoria explica que se procede a la materialización de la expulsión, para lo cual la PDI debe detener al extranjero por un plazo no mayor a 48 horas para efectos de que la persona abandone el país. Para ello, es necesario que el extranjero cuente con documento de viaje, en caso de no tener, se deben realizar las gestiones con el consulado del país de origen respectivo para documentarlo.

¿Cómo ha cambiado la cifra de expulsados en los gobiernos?

La vicepresidenta del Senado, Luz Ebensperger (UDI), asegura que durante la administración anterior se expulsaron 5.600 extranjeros por órdenes judiciales, y aproximadamente 1.350 extranjeros de forma administrativa por ingreso clandestino, en 26 vuelos.

Con respecto al Gobierno actual, la senadora afirma que se han realizado:

Cerca de 600 expulsiones por órdenes judiciales

Aproximadamente 10 expulsiones de forma administrativa debido a ingresos por paso no habilitado, en 1 vuelo.

En términos de ingresos de clandestinos, en la administración anterior ingresaron en promedio 21.500 extranjeros de forma ilegal cada año. En esta administración, se han registrado más de 40 mil ingresos irregulares, en solo 7 meses.

Tanto en la administración anterior como en la actual, son injustificables los altos números de ingresos clandestinos y los bajos números de expulsiones. Necesitamos un acuerdo país para que los ingresos sean mínimos, por ello ingresamos una reforma constitucional para que las FF.AA. intervengan cuando los ingresos irregulares sean superiores a 1.000 al mes”, asevera Luz Ebensperger.

Evitar la expulsión

Nicolás Torrealba explica que para evitar la expulsión existe un recurso de reclamación establecido en el artículo 141 de la Ley de Migración y Extranjería, que permite a los extranjeros defenderse jurídicamente ante expulsiones. Por otro lado, aclara que las personas que se encuentran cumpliendo condenas en Chile, son expulsadas una vez que terminen de cumplir sus penas, tal como lo establece la ley.

Respecto de las personas con medidas de expulsión vigente, ellas no tienen acceso a obtener un permiso de residencia en el país. La ley contempla un permiso temporal para las personas que se encuentran bajo la custodia de Gendarmería de Chile, cumpliendo con requisitos específicos, que se evalúan caso a caso”, afirma Torrealba.

La senadora Luz Ebensperger, asegura que el subsecretario del Interior también tiene la facultad para revocar la expulsión y otorgar un permiso, independiente si un ingreso fue realizado de forma clandestina.

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